N°31


DIARIO DE CLASE #31
FECHA: 22 de Agosto del 2019
Tema: Compañías personalistas
Objetivo: Identificar los tipos de compañías personalistas de acuerdo a la Ley de Cía.
COMPAÑIAS PERSONALISTAS
La misma ley de compañías ecuatoriana nos señala una definición claro de que es campaña, en su artículo 1: “Contrato de compañía es aquél por el cual dos o más personas unen sus capitales o industrias, para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades”
Por otro lado tenemos otra definición, “es una sociedad mercantil capitalista, con denominación y capital fundacional, representado por acciones nominativas suscritas por accionistas que responden hasta por el monto de su aportación”.
Esto son algunos conceptos que me han parecido importantes y entendibles para el desarrolla de mi tema.
Las sociedades mercantiles se clasifican en sociedades personalistas y sociedades de capital. Esta distinción está muy relacionada con lo significativa que sea la identidad de los socios en la empresa. En las sociedades personalistas tiene una trascendencia fundamental. Como consecuencia, los socios tienen limitaciones para transmitir su parte en las sociedades muy superiores a las propias de una sociedad capitalista. En las sociedades personalistas, además, los socios responden de forma personal, ilimitada y solidaria de las deudas de la sociedad, mientras que en las sociedades capitalistas los socios solo responden de las deudas sociales hasta el límite de su aportación a la sociedad. Las principales sociedades personalistas son la sociedad colectiva y la sociedad comanditaria.

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