N°22


DIARIO DE CLASE #22
FECHA: 19 de Julio del 2019
Tema: Vencimientos sucesivos, causa de la obligación, de las obligaciones solidarias, actividad colaborativa y CAE
Objetivo: Identificar las obligaciones ejecutivas en los negocios
Vencimientos sucesivos
Cuando en el título de la obligación se haya previsto vencimientos sucesivos, el plazo concluirá al cumplimiento del que en cada uno de ellos se señale, salvo que exista acto de aceleración o anticipación de vencimientos.
Causa de la obligación
•Causa: Razón o fundamento que valida la obligación, aunque la expresa en ella sea falsa.
•Obligación: El CC señala que las obligaciones consisten en dar, hacer o no hacer algo (art.1.088).
Las obligaciones tienen tres elementos básicos: el sujeto, el objeto (que ha de ser lícito, posible y determinado) y el vínculo.
•Según el Art.1483 del C.C “Nos dice que no puede haber obligación sin una causa real (exista) o licita (ley). Causa el motivo que induce  al acto o contrato.”
De las obligaciones solidarias
Obligaciones solidarias activas
•Varios acreedores.
•Uno solo puede exigir la totalidad de la deuda.

Obligaciones solidarias pasivas
•Existe pluralidad de deudores.
•A uno solo se le puede exigir el pago de la deuda.

ALCANCE DE SUBROGACION
•Se rige al código de comercio.
•El acreedor procede contra el deudor y en algunos casos contra los codeudores.
• “La interrupción de la prescripción solo tiene efecto contra la persona contra quien ha efectuado la interrupción.”
•No es ni puede ser coetánea a la emisión de la letra de cambio.
El aval se constituye en un garante solidario.
•Se rige al código de procedimiento civil.
•Principales actores los deudores.
•El deudor solidario que ha pagado la deuda, queda subrogado en la acción del acreedor con todos sus privilegios; pero él puede cobrar lo pagado a los demás codeudores.


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