N°27



DIARIO DE CLASE #27
FECHA: 08 de Agosto del 2019
Tema: Aspectos generales sobre las compañías: definición elementos, especies, atributos
Objetivo: Identificar los elementos esenciales de la compañía, los requisitos de fondo y forma para la constitución de una compañía para operar en el Ecuador
ASPECTOS GENERALES SOBRE LAS COMPAÑIAS
Definición de compañía
La compañía fundamentalmente es una asociación de personas. *Según la legislación ecuatoriana la compañía es un contrato. *Otras legislaciones conciben a la compañía como un acto de creación de personas jurídicas.
El Código Civil en el artículo 1957 define a la sociedad o compañía como “el contrato en el cual dos o más personas estipulan poner algo en común con el fin de dividir entre si los beneficios que de ello provengan. La sociedad forma una persona jurídica, distinta de los socios individuales considerados.”
El Articulo 1 de la Ley de Compañías, la define así: “contrato mediante el cual dos o más personas unen sus capitales o industrias para emprender sus operaciones mercantiles y participar de sus utilidades.”
Elementos esenciales de las compañías
Asociación de personas: No pueden constituirse la compañía sin el concurso mínimo de personas que establece la ley para cada especie.
Aporte: “No hay sociedad si cada uno de los socios no pone alguna cosa en común, ya consista en dinero o efectos, ya en una industria, servicio o trabajo apreciable en dinero” artículo 1986, inciso primero código civil
Fin de Lucro: La compañía tiene fin de lucro, pues los socios que unen sus capitales e industrias lo hacen para emprender en operaciones mercantiles y participar en sus utilidades.
Tipicidad: L a ley de compañía señala expresamente las especies de compañías que reconoce y no se puede formar otro tipo de compañías con personalidad jurídica.
Especies de compañía
Ley de Compañías Art. 2.- Hay cinco especies de compañías de comercio, a saber:
La compañía en nombre colectivo
La compañía en comandita simple y dividida por acciones
La compañía de responsabilidad limitada
La compañía anónima
La compañía de economía mixta
Atributos de la personalidad jurídica
Son aquellas cualidades que le son inherente a cada persona
Propiedades que le corresponden por el simple hecho de ser tal
No se puede concebir una persona que no tenga tales atributos
A raíz del reconocimiento que realiza el Estado, por intermedio de su organismo competente, las compañías deben cumplir con ciertos atributos, la mayoría de ellos contemplados en la Ley de Compañías. Dichos atributos son:
Capacidad
Nombre o Razón Social
Domicilio

No hay comentarios:

Publicar un comentario